domingo, 5 de octubre de 2014

Las “travesurillas”. Por : Gilberto LAVENANT

Palco de Prensa
Lunes 6 Octubre 2014             
                                                         
      Las “travesurillas”.   

                                                    
               Por : Gilberto LAVENANT

Cual si fuese una simple “travesurilla”, en la que aparecen como actores principales los Consejeros –aún- del Consejo de la Judicatura del Tribunal Superior de Justicia, Carlos Jiménez y Andrés Garza Chávez, quienes están aferrados a mantenerse durante ocho años más en el cargo, cuando que su gestión concluye el 30 de noviembre, es la “comidilla” en los pasillos de los Juzgados Civiles del Partido Judicial en Tijuana.

Cabe explicar. Cuando una persona requiere demandar, o sea exigir el cumplimiento de una obligación o el reconocimiento de un derecho, a una persona incierta o cuyo domicilio desconoce, la legislación procesal civil, concretamente el Código de Procedimientos Civiles, en el Artículo 122, establece que se le debe emplazar a juicio, o sea hacerle saber la demanda o reclamo, mediante la publicación de edictos.

Los edictos son esas pequeñas publicaciones, precisamente bajo dicho encabezado, Edicto, que aparecen en las páginas de los periódicos de la ciudad de ubicación del tribunal donde se ventila o maneja el expediente relativo a la demanda. Que generalmente nadie lee, pero tan solo por su publicación, legalmente surte efectos, como si hubiese sido notificado personalmente.

Precisamente, en la parte inferior de la citada disposición jurídica, relativa a la notificación por edictos, observa : “En los casos de las fracciones I y II, los edictos se publicarán por tres veces, de tres en tres días, en el Boletín Judicial y otro periódico de los de mayor circulación, haciéndose saber que debe de presentarse el citado dentro de un término que no bajará de quince días ni excederá de sesenta días”.

Hay que insistir en lo relativo a los medios de publicación del Edicto : “el Boletín Judicial y otro periódico de los de mayor circulación”. El segundo medio de publicación –y otro periódico de los de mayor circulación- es lo que da origen a este asunto.

Pues resulta, que en un juicio que se ventila o maneja en el Juzgado Décimo Primero de lo Civil, del Partido Judicial de Tijuana, en el que funge como Juez el Lic. Nelson Alonso Kim Salas, toda vez que se desconoce el domicilio de la parte demandada, se decretó que los edictos se publicaran en el periódico El Mexicano.

Conste, el Código de Procedimientos Civiles, señala que se publiquen en “el Boletín Judicial y otro periódico de los de mayor circulación”.  Pero en este caso, se obligó a publicarse en un medio específico.

Todo indica, que la parte demandante, aunque desconcertada porque se le ordenaba la publicación en el citado periódico, al intentar cumplir dicha disposición, se encontró con que el costo de publicación, en El Mexicano, es el doble, de los otros periódicos, de mayor circulación.

Evidentemente, el Juez Décimo Primero de lo Civil, al dictar dicha disposición, estaba acatando o cumpliendo un compromiso, contraído con terceras personas.

El caso es que la parte demandante, solicitó se le permitiera publicar los edictos en cualesquiera de los demás periódicos.

El reclamo molestó al juzgador, pues determinó, que en caso de publicarse en otro periódico distinto al que había ordenado inicialmente, “…Al momento de exhibir las publicaciones ordenadas  (edictos) en un periódico de mayor circulación en la entidad, deberá acreditar fehacientemente que el periódico elegido es de los de mayor circulación, determinando las circunstancias de modo, tiempo y lugar de tal caso, es decir, lugares de venta, así como la aceptación en el público y la distribución y demás elementos necesarios…”.

Algo totalmente absurdo. Para hacerle válida, legalmente, la publicación en un  periódico distinto a El Mexicano, le exigió que hiciera un estudio de mercado, para determinar que el que escogió, efectivamente es de los de mayor circulación, del que no habla, para nada, el Código de Procedimientos Civiles, y el costo del mismo, quizás sería superior al monto de lo que el demandante pretende reclamar al demandado. Algo así como “más caro el caldo, que las albóndigas”.

Quienes dictan los acuerdos, son los Secretarios de Acuerdos, pero obviamente en este caso, quien dió la instrucción para ello, fue el titular del Juzgado, el Juez  Nelson Alonso Kim Salas.

El caso es que, quienes conocen este asunto, cuentan que los Consejeros de la Judicatura, Jiménez y Garza, visitaron a Eligio Valencia Roque, Director General del periódico El Mexicano, para que apoyara su proyecto para mantenerse durante ocho años más en el cargo. Lo del abordaje político, del Poder Judicial del Estado, pues.

Tratando de responder al apoyo que recibirían de Valencia Roque, los Consejeros visitaron a los jueces civiles, para indicarles que en lo sucesivo, las publicaciones de edictos, se ordenaran hacer en el Periódico El Mexicano. El de su amigo.

Esto es poca cosa, podría decirse. Algo así como simples “travesurillas” de los Consejeros. Nadie puede garantizar que no se atrevan a hacer lo mismo, cuando se trate de beneficiar a amigos, parientes o clientes, que sean partes en un juicio. Y son los que pretenden mantenerse ocho años más en el Consejo de la Judicatura, el órgano de administración y vigilancia del Poder Judicial del Estado.

El asunto, fue abordado inicialmente por Ignacio Anaya Barriguete, contador, abogado, alpinista y ahora novel columnista del periódico Frontera, con su columna Coloquio Jurídico.

El asunto da para mucho. Que cada quien haga sus conjeturas, especulaciones o conclusiones. Este tipo de “travesurillas”, son actos de corrupción. No hay duda de eso.     

                                                                                                gil_lavenants@hotmail.com

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