lunes, 19 de mayo de 2014

Las prohibiciones. Por : Gilberto LAVENANT

Palco de Prensa
Martes 20 Mayo 2014      
                                                       Las prohibiciones.
 
                                                      
Por : Gilberto LAVENANT

Todos saben, que el edificio que alberga las oficinas del Ayuntamiento y dependencias municipales, de una ciudad, conocido comúnmente como Palacio Municipal o Casa del Pueblo, es un bien de dominio público.

Dicho en otras palabras, es un lugar, al que tienen acceso, libremente, los ciudadanos del lugar, ya sea para efectuar algún trámite, para acudir a algún evento que ahí se desarrolle, o simplemente para conocerlo.

A ningún ciudadano, se le puede impedir que entre o visite el Palacio Municipal de su ciudad, en la forma que guste, siempre y cuando no atente contra la moral y las buenas costumbres.

Pues resulta, que aquí en Tijuana no es así. En días pasados, se hizo circular, en el interior del Palacio Municipal, un volante, en cuyo margen izquierdo, parte superior, aparece el escudo oficial de la ciudad, así como el representativo de la Policía Municipal, con las leyendas “Ayuntamiento de Tijuana” y “Secretaría de Seguridad Pública Municipal”, dando a conocer prohibiciones, para quienes deseen ingresar a la llamada “Casa del Pueblo”.

El volante, tiene impresa, en la parte superior, la siguiente leyenda : “PROHIBIDO usar o introducir a Palacio Municipal” y luego una lista de 10 cosas u objetos : bicicletas, patinetas, mascotas, vendedores ambulantes, gorras, lentes obscuros, armas punzo cortantes, armas de fuego, bebidas alcohólicas.

Algunas pueden parecer intrascendentes o que no es necesario prohibirlas, como el uso o introducción de armas punzo cortantes o armas de fuego, en tanto que constituyen delitos y quien lo haga, con o sin prohibición expresa, debe saber las consecuencias en caso de ser sorprendido. Sin duda alguna, deberá parar en prisión.

Algo similar podría decirse, respecto al uso o introducción, de bebidas alcohólicas. Claro que está mal que alguien se atreva a ingerir bebidas embriagante, dentro del Palacio Municipal.  Pero no se puede prohibir, que quien haya adquirido una botella de vino, o incluso un paquete de cerveza, lo lleve al introducirse a la llamada “Casa del Pueblo”.

El ingerir bebidas, en la vía pública, es una falta administrativa. Puede considerarse como tal el hacerlo al interior de un edificio público.

No parecen tan intrascendentes, las prohibiciones relativas a bicicletas, patinetas y mascotas. Las bicicletas, son vehículos de transporte, y efectivamente no se pueden usar al interior del Palacio Municipal, pero no se puede impedir que se introduzcan. En todo caso, que las autoridades municipales, instalen un área para estacionarlas en el exterior, debidamente vigilada.

Lo mismo se puede decir respecto a las patinetas. Son de uso común para muchos jovencitos, y si bien es cierto, no pueden utilizar el patio central del Palacio Municipal, pero si es recomendable establecer un área para que las dejen en custodia, en tanto concluyen la gestión que realizan.

Por cuanto hace a las mascotas, que generalmente son perros, no debe haber problema, tratándose de perritos, aunque también se puede crear una pequeña área para su guarda. Esto no puede ser, con animales grandes. Sobre todo, si son feroces y pueden agredir a otras personas.

Por lo que respecta a los vendedores ambulantes, de tolerarse o permitirse libremente el acceso, sería un desastre. Esta, más que una prohibición, es una limitante para quienes ejercen el comercio  ambulante, que se les debe establecer al otorgarles el permiso.

Donde sí no se midieron, es en la prohibición para usar o introducir, gorras y lentes obscuros. Es algo común en las instituciones bancarias, para tratar de identificar a quienes cometen atracos, a través de las cámaras fotográficas o videograbadoras. En estos casos, el riesgo es alto y se justifica la medida.

En el caso del Palacio Municipal, son prohibiciones improcedentes, absurdas y aberrantes. No es delito, ni falta administrativa, portar o usar gorras y lentes obscuros. Es gravísimo generalizar el supuesto de que todo aquel que los use o porte, es un delincuente. Los pillos, de “cuello blanco”, esos que roban millones de pesos, de recursos públicos, deambulan libremente al interior de las instalaciones municipales. Y nadie dice nada, aunque los conozcan o descubran.     

Alguien le debe decir y aclarar, al Secretario de Seguridad Pública Municipal, Alejandro Lares Balladares, mejor conocido como “El camillero”, que la mayoría de tales prohibiciones, son improcedentes e inconstitucionales, pues violan los derechos constitucionales y humanos de los ciudadanos. En especial, el relativo al libre tránsito.

Hasta en esto, resalta la importancia, de que el perfil del titular de la Secretaría de Seguridad Pública, debe ser afín, precisamente a las facultades y labores por desarrollar. El perfil de Lares, es relativo a la salud, y evidentemente, de derecho, no sabe nada.

Imaginen nada más, la enorme cantidad de incidentes, y abusos, que se van a dar con tales prohibiciones. Si de por sí, los policías asignados para la vigilancia en el Palacio Municipal y sus accesos, generalmente son individuos sin criterio alguno, además de abusivos, ahora cualquier ciudadano corre el riesgo de ser vejado, al aplicarle alguna de esas prohibiciones.

Lo más sensato sería, que el Alcalde Astiazarán, si desea ayudar a su amigo “El camillero”, lo asigne al área de servicios médicos municipales, porque en la de seguridad pública, generará más inseguridad y abusos de autoridad. Sobre aviso, no hay engaño.

Se insiste : no tiene la culpa el indio, sino el que lo hace compadre.

                                                                                                      gil_lavenants@hotmail.com

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